PROMOVER LA SANACION Y LA RECONCILIACION CON LAS VICTIMAS / SOBREVIVIENTES DE ABUSO SEXUAL’ DE MENORES Y PROTEGER A LOS FlELES EN EL FUTURO #
A. La ArquidiOcesis debera mantener una Oficina de Ayuda Pastoral. El Coordinador de esta Oficina debera reportar al Director Arquidiocesano de Ministerio Pastoral y servira como miembro del personal de Ia Directiva Independiente de Investigacion (“Independent Review Board”) (referida de aqui en adelante simplemente como la Directiva), identificada abajo, cuyo propOsito sera ayudar a Ia Directiva con su responsabilidad de asesorar y examinar los reglamentos arquidiocesanos establecidos y propuestos, los procedimientos y programas disenados para prevenir y responder al abuso sexual de menores. Las responsabilidades del Coordinador de la Oficina de Ayuda Pastoral incluiran lo siguiente:
- Facilitar ayuda a toda persona que ha sido \tic tima de abuso sexual en su nitiez por alguien que actuaba en nombre de la Iglesia, ya sea que el abuso haya ocurrido recientemente o hace muchos arms. La ayuda puede incluir tomar medidas para proveer consejeria, ayuda espiritual, grupos de apoyo, y otros servicios sociales acordados entre Ia victima y la ArquidiOcesis. El Coordinador, en cooperaciOn con otras agencias de servicio social y otras iglesias, fomentara y animara la participaciOn en grupos de apoyo de las victimas o sobrevivientes y todo el que haya sido afectado por abuso a nivel arquidiocesano y en las comunidades parroquiales de Ia localidad. El Coordinador tambien debera El abuso sexual a un menor incluye inmoralidad sexual o explotaciOn sexual de un menor y otro comportamiento por el cual un adulto usa a un menor como un objeto de gratificaciOn sexual. El abuso sexual ha sido definido en varias formas por diferentes autoridades civiles, y estas normas no adoptan una definiciOn en particular prove( da en Ia ley civil. Mas Bien, las infracciones en cuestiOn se relacionan a obligaciones que resultan del mandato divino concerniente a la interacciOn sexual como ha sido impartida a nosotros en el sexto mandamiento del Decalogo (canon 1395, §2.) En estos tarmincs, el reglamento a ser considerado para determinar una queja de abuso sexual a un menor es si la conducta o interaccion con un menor califica como una violaciOn externa, objetivamente grave del sexto mandamiento (USCCB, Canonical Delicts Involving Sexual Misconduct and Dismissal from the Clerical State, 1995, p.6.) Una ofensa canOnica contra el sexto mandamiento del Decalogo (canon 1395, §2) no necesita ser un acto total de relaciOn sexual, ni tampoco, para ser objetivamente grave, necesita involucrar fuerza, contacto fisico, o una consecuencia danina perceptible. Aun mas, “imputabilidad [responsabilidad moral] por una ofensa canOnica es presumida sobre una violaciOn externa…a menos que aparezca de otra forma” (canon 1321, §3.) Cf cc. 1322-1327. Si existe alguna duda sobre si alg(in acto especifico Ilena esta definiciOn, se debe consultar las escrituras de teOlogos morales reconocidos y obtener Ia opinion de un experto reconocido (Canonical Delicts, p.6.1 Finalmente, es responsabilidad del obispo diocesano /eparco (obispo de la Iglesia CatOlica Oriental), asesorado por una directive calificada para investigaciOn, determinar la gravedad del supuesto acto. Fomentar la ayuda a las victim as y a sus familias haciendo arreglos, segiin sean soficitados, para que el Arzobispo o sus representantes se reCinan con ellos, para escuchar con paciencia y compasion sus experiencias y preocupaciones, y para compartir el “profundo sentido de sofidaridad y preocupaciOn” expresado por el Santo Padre en su Mensaje a los Cardenales de los Estados Unidos y a los Oficiafes de Ia Conferencia de Obispos.
- Coordinar Ia ayuda a las comunidades parroquiales afectadas por inmoralidad sexual por parte del clero o personal laico de la Arquidiacesis, incluyendo equipos de intervenciOn parroquial formados por expertos en sancion comunitaria.
- Mantener contacto con la Directiva Independiente de InvestigaciOn de la ArquidiOcesis de San Francisco, y los oficiales pertinentes de la Cancilleria, para asegurarse que durance el curso de la investigaciOn de un reclamo de abuso se de la atencion apropiada a la necesidad de espiritualidad y consejen’ a.
- Coordinar el programa Arquidiocesano de Seguridad, el cual incluye cooperacion con los padres de familia, autoridades civiles, educadores, Is Oficina Arquidiocesana de Recursos Humanos y organizaciones comunitarias para proveer educaciOn y entrenamiento para ninos, adolescentes, padres de familia, ministros, educadores, administradores, y otras personas a nivel Diocesano y Escolar/Parroquial sobre maneras para hacer y mantener un ambiente seguro para los ninos.
- Mantener contacto apropiado con la Oficina Arquidiocesana de Recursos Humanos, el Departamento de las Escuelas Catolicas, el Departamento de Ministerio Pastoral, el Seminario, y Caridades Catalicas / la OrganizaciOn de JOvenes CatOlicos, para asegurarse que los reglamentos concernientes a las huellas digitales y verificaciOn de antecedentes del personal regularmente involucrado con ninos, sean ejecutados propiamente al igual que una investigaciOn adecuada y tecnicas de evaluacion para decidir la aptitud de los candidatos a Ia ordenacion.
- La ArquidiOcesis removers permanentemente de su empleo o ministerio a cuafquier individuo que haya abusado sexualmente a un menor.
- Ningun sacerdote o diacono que haya abusado sexualmente de un menor puede ser transferido a otra diacesis/eparquia o provincia religiosa para una asignacion ministerial. Antes que un sacerdote o diacono pueda ser transferido para residir en otra diOcesis/eparquia o provincia religiosa, su obispo/eparco o su ordinario religioso debera envier, en forma confidencial, al obispo/eparco local y ordinario religioso (segun corresponda) del sitio propuesto para su residencia toda informacion concerniente a cualquier acto de abuso sexual a un menor y cualquier otra informaciOn de que el ha sido o pueda ser un peligro para ninos y jovenes. (Cf. La Conferencia Nacional de Obispos CatOlicos y la Conferencia de Superiores de Ordenes Religiosas de Hombres, Guias Propuestas para el Traslado o Asignacion del Clero y los Religiosos, 1993.)
GARANTIZAR UNA RESPUESTA EF1CAZ A LAS ACUSACIONES DE ABUSO SEXUAL A MENORES #
A. LA ARQUIDIOCESIS REPORTARA Y COOPERARA CON LAS AUTORIDADES CIVILES.
Ademas de requerir que se acaten las !eyes civiles y los reglamentos arquidiocesanos respecto a reporter cualquier abuso sexual de menores, is Arquidiocesis cooperara con las autoridades civiles en sus investigaciones de acuerdo con Ia ley. Tambien cooperara con las autoridades civiles sobre el reporte de casos en que la victi ma ya no es un menor de edad. En cada caso, a las victimas se les explicara sus derechos para hacer el reporte directamente a las autoridades civiles y la ArquidiOcesis apoyara este derecho.
B. DIRECTIVA INDEPENDIENTE DE INVESTIGACION.
La Arquidiocesis mantendra una Directive Independiente de Investigacion (Ia “Directive”).
- FORMACION DE LA DIRECTIVA INDEPENDIENTE DE INVESTIGACION.
La Directive, establecida por el Arzobispo, estara formada por lo menos de 5 personas de una integridad excelente y buen juicio en plena comuniOn con la Iglesia. La mayoria de los miembros de la Directive serail laicos que no son empleados de la Arquidiocesis. Por lo menos un miembro sera un sacerdote que es un parroco respetado y con experiencia y otro miembro que tenga experiencia en el trato de abuso sexual de menores. El Promotor Arquidiocesano de Justicia tambien participara en las reuniones de la Directive, primordialmente como un observador. Los miembros seran nombrados para un termino de cinco efts, el cual puede ser renovado. - FUNC1ONES DE LA DIRECTIVA INDEPENDIENTE DE INVESTIGACION.
La Directive funcionara como un cuerpo confidencial de consulta del Arzobispo y aconsejara al Arzobispo en su evaluaciOn de quejas de abuso sexual de menores y en sus determinaciones sobre la capacidad moral del sacerdote pare ejercer el ministerio. Revisara regularmente los reglamentos y procedimientos arquidiocesanos para el manejo de abuso sexual de menores por medio de un programa eficaz de auditoria anual y un reporte escrito. La Directive puede reviser estos asuntos tanto en retrospective como en perspective y dar su consejo en todos los aspectos de respuestas requeridas en conexiOn con estos caso. Los procedimientos para los que estan presentando una queja (explicados abajo) estaran disponibles en forma impresa y seran el tema de anuncios publicados periOdicamente. - PROCEDIMIENTOS PERTINENTES PARA LOS QUE PRESENTAN UNA QUEJA DE, Y AQUELLOS ACUSADOS DE, ABUSO SEXUAL DE NIKIOS.
Quejas concernientes a supuesto abuso sexual de ninos, incluyendo abuso sexual, pueden y deben ser hechas por las victimas y/o sus defensores directamente a la agencia de servicios de proteccion de ninos del condadocorrespondiente y at departamento local de policia. A continuaciOn les damos los nt.imeros de telefonos de las agencias protectoras en cada condado:
San Francisco
Servicios de Proteccion del Nino
Policia
(415) 558-2650
(415) 553-0123
Marin
Servicios de Proteccion del Nino
Policia - San Rafael
(415) 499-7153
(415) 485-3000
San Mateo
Servicios de Proteccion del Nino
Policia - Ciudad de San Mateo
Policia - Redwood City
(650) 595-7922
(650) 377-4545
(650) 780-7100
Para mas informacion o consulta, puede Ilamar a:
Oficina de Abuso de Ninos en San Francisco
Oficina de Abuso de Nitios en Marin
Oficina de Abuso de Ninos en San Mateo
(415) 668-0494
(415) 472-7164
(650) 327-8120
En cualquier caso, las personas que trabajan en Ia ArquidiOcesis de San Francisco que caen dentro de Ia definicion “reporteros obligados de abuso de ninos” deben, conforme a Ia ley de California, reportar cualquier sospecha razonable de abuso. Ademes, cualquier sospecha razonable de abuso, segun ha sido definida por Ia ley de California, presentada por una victima at oficial correspondiente de la Cancilleria, o cualquier otra persona, sera reportada a las (eyes civiles. La Arquidicicesis tambien cooperara con las autoridades civiles reportando incidentes de abuso sexual de ninos que no fueron presentadas sino hasta cuando ese nino se convirtio en adulto.
b. Sujetos a las provisiones del parrafo “a” de arriba, una persona que desee registrar una queja de abuso sexual de ninos con la ArquidiOcesis debera comunicarse con el oficial correspondiente de Ia CandiJeri a (los nombres de los oficiales actuates ester) disponibles a travet de las respectivas oficinas arquidiocesanas listadas abajo):
- Si se sospecha de un miembro del clero, flame a Ia Oficina del Vicario del Clero en la Cancillerf a. 415-614-6511 (Suplente: El Vicario de Ia
AdministraciOn. 415-614-5589) - Si se sospecha de un miembro del personal de Ia escuela, lime al Superintendente Departamento de Escuelas Catolicas 415-614-5660.
(Suplente: El Asociado del Superintendente del Personal y Desarrollo del Personal.) - Si Ia persona de quien se sospecha no es del personal de la escuela, (lame at Director de Recursos Humanos. 415-614-5540. (Suplente: El Director de Empleo y Entrenamiento de Recursos Humanos.)
- Si se sospecha de un miembro del Programa de EducaciOn Religiosa/Ministerio a los JOvenes, !lame al Director de Ministerio Pastoral 415-614-5504. (Suplente: Director de EducaciOn Religiosa/Ministro de JOvenes 415-614-5650.)
c. El oficial correspondiente de Ia Cancilleria reunira la informaciOn basica y luego informara lo siguiente al que presents la queja:
- De acuerdo a la Carta de la Conferencia Episcopal de Obispos y los Reglamentos y Procedimientos Concernientes al Abuso de Ninos y el Hostigamiento, el asunto sera referido a la Directiva (Independent Review Board) para una pronta y objetiva investigacion preliminar, en armonia con la ley canOnica, y un representante de la Directiva (normalmente el “Investigador Principal”) se comunicara con el° ella. Los nombres de los miembros actuates y expertos de la Directive estaran disponibles.
- Consejeria psicolOgica/espiritual apropiada para las personas que buscan ayuda para superar el problema del abuso esta disponible para las victim as por medio de la Oficina de Ayuda Pastoral Arquidiocesana: 415 614-5506.
d. Cuando la investigacion preliminar (ejemplo: la informaciOn inicial reunida por el oficial correspondiente de la Candillerf a y/o cualquier informacion suplementaria obtenida por la Directiva) asi indicado, el supuesto ofensor debera ser relevado de cualquier actividad de empleo o responsabilidades ministeriales (ejemplo: debe ser puesto en “salida administrative”) mientras se concluye la investigaciOn. Ciertas circunstancias pueden garantizar el despido inmediato y permanente de un empleado o voluntario. Si un sacerdote desea suspender su participaciOn en Ia investigaciOn preliminar y/o cualquier subsiguiente proceso canonic° del tribunal hasta despues de la conclusion de cualquier investigaciOn pendienteljuicio por las autoridades civiles, puede hacerlo sometiendo un reconocimiento inmediato por escrito de que en el interval° de tiempo que el permanecera con salida administrativa no se le permitira ejercer pUblicamente el ministerio del sacerdocio.
e. El Investigador Principal de Ia Directiva (que debe responder directamente a la Directiva y que debe servir como un miembro ex officio de Ia Directiva) proveera sus reportes iniciales de los hechos a Ia Directiva. Siguiendo cualquier otra investigacion dirigida por los miembros de la Directiva, la Directiva presentara un reporte escrito al Arzobispo notificando si existe suficiente evidendia de que ha ocurrido un abuso sexual a un menor. (Aunque la Directiva determine que la evidencia no es suficiente, a pesar de eso puede proveer at Arzobispo Ia evidencia concerniente a Ia capacidad moral del sacerdote para ejercer nuevamente su ministerio.)
f. El Arzobispo o el oficial correspondiente de Ia Cancilleria o el delegado compartira las averiguaciones de la Directiva y la determinaciOn del Arzobispo concernientes a Ia investigacion preliminar y cualquier otra accion (ejemplo: seguimiento del juicio canonic°, declaracion de un impedimento psicologico para el ministerio, etc.) que se vaya a tomar, con la supuesta victim a y el perpetrador. Si se comprueba que se ha hecho una acusaciOn infundada, se tomaran todos los pasos posibles para restaurar el buen nombre del acusado.
g. Cuando el abuso sexual perpetuado por un sacerdote o diacono es admitido, o no es contestado, o es establecido despuEt de un proceso apropiado de acuerdo con Ia ley canonical, le concernira lo siguiente:
- El Arzobispo o su delegado informara por escrito al sacerdote que la Carta (que estipula que por un simple acto de abuso sexual a un menor - en el pasado, presente o futuro - el sacerdote o diacono ofensor sera removido permanentemente de su ministerio, no excluyendo el despido del estado clerical, si el caso lo decreta) le aplica a el.
- Al sacerdote entonces se le dara Ia oportunidad de escoger, de acuerdo a la Carta, una de las siguientes opciones:
a. Solicitar, por escrito, dispensa voluntaria de sus obligaciones de Ordenes sagradas y peclida del estado clerical.
b. Si no se va a aplicar el castigo de despido voluntario del estado clerical (ejemplo: por razones de avanzada edad o enfermedad), al individuo se El ofrece Ia oportunidad de llevar una vida de oraciOn y penitencia. El sera informado, por escrito, que no se le permitira celebrar Misa publicamente, usar Ia vestimenta clerical, o presentarse en public° como un sacerdote. Tambien se le informara, y confirmara por escrito, que cualquier falta de cumplimiento de estas proscripciones sera motivo para declaracion publica de Ia violaciOn e imposiciOn inmediata de castigos.
C. La ArquidiOcesis se adhiere a un reglamento de comunicaciOn que refleja un compromiso de transparencia y apertura. Dentro de los lim ites de respeto por la privacidad y la reputaciOn de los individuos involucrados, la ArquidiOcesis tratara tan abiertamente como le sea posible con los miembros de Ia comunidad. Esto se hace especialmente en referencia a ayudar y apoyar a las comunidades parroquiales directamente afectadas por la conducta ministerial impropia que invofucra a menores.
D. La ArquidiOcesis no entrara en ningiin acuerdo de confidencialidad referente al arreglo de reclamos de abuso sexual de un nifio excepto por razones graves y substanciales presentadas por la victim a/sobreviviente y anotadas en el texto del convenio.
GUiAS DE BARRE RAS SEXUALES: UN CODIGO DE ETICAS PARA TODOS LOS INVOLUCRADOS EN EL MINISTERIO DE LA IGLESIA CATOLICA #
[Segun fueron establecidas en Ia Red Cibernetica del 2001 por Ia FederaciOn Nacional para el Ministerio CatOlico de los JOvenes, citando a Richard M. Gula, S.S., Ethics in Pastoral Ministry, Paulist Press, 1995, pp.149-151]
- Tenemos la responsabilidad de dar testimonio en todas las relaciones de la castidad apropiada de nuestro estado de vida, ya sea cglibe, casado, o soltero.
- Debemos evitar cualquier comportamiento furtivo o evidencia sexual con aquellos con quienes tenemos una responsabilidad profesional. Esto incluye cualquier
comportamiento o evidencia seductiva al hablar o con gestos como tambien cualquier contacto fisi co que abuse sexualmente, explote, u hostigue a otra persona. - Debemos proveer un lugar seguro para los jOvenes en donde ellos puedan estar seguros que las barreras sexuales no seran violadas.
- Debemos estar conscientes de nuestra propia vulnerabilidad y la de los dernas respecto a Ia sexualidad, especialmente cuando se trabaja a sofas con otra persona.
- Cargamos con el gran peso de Ia responsabilidad de mantener los barreras sexuales en una relacion pastoral, debido a que nosotros tenemos un poder mas alto.
- No debemos iniciar algun comportamiento sexual, y debemos rechazarlo aun cuando otros inviten o consientan.
- Debemos dar preferencia a Ia perspectiva y juicio de aquellos que son vulnerables y dependen de nosotros para determinar si el tocarlos sera una expresion apropiada de cuidado pastoral.
- Debemos mostrar una discrecion prudente antes de tocar a otra persona, debido a que no podemos controlar la forma en que el contacto fisi co sera recibido. 0 sea, debemos tomar en cuenta Ia forma en que la edad, el sexo, la raza, los antecedentes etnicos, la condicion emocional, previa experiencia, y la situaciOn actual de vida afectar’an Ia forma en que nuestro contacto sera recibido e interpretado.
- Debemos familiarizarnos con las dinamicas de transferencia y contra transferencia, que pueden hacernos vulnerables para violar las barreras sexuales.
- Nos esforzamos para tener un mejor conocimiento para reconocer las dinamicas que trabajan en nosotros en las relaciones pastorales y obedecer las senates de advertencia en nuestras vidas, que indican cuando nos estamos aproximando a las barreras de violacion.
- Debemos satisfacer nuestras necesidades de afecto, intimidad, atracci6n, y afirmaciOn afuera de la relaciOn pastoral.
- Debemos buscar supervisiOn u otra ayuda profesional para ayudarnos a mantenernos centrados en nuestras responsabilidades profesionales y mantenernos firmes en las barreras sexuales de la relacion pastoral.
- Debemos reportar violaciones claras de conducts sexual a las autoridades eclesiales o civiles correspondientes Etal como se refiere en Los Reglamentos y Procedimientos Concernientes al Abuso de Nifios y el Hostigamiento,] y luego hater todo lo que podamos para que hays justicia para la victim a, el ofensor, y la comunidad de la cual vienen la victim a y el ministro.
- Debemos intervenir cuando hay evidencia de abuso a los nifios, a los ancianos, o a los incapacitados. Cuando es necesario prevenir serias amenazas de dano a otra persona, la justicia requiere que hagamos un intento razonable para evocar revelaciones voluntarias pero si no se hicieron revelaciones o no hay permiso para revelarlo, entonces debemos informar solamente a aquellos que necesitan saber y decir solamente lo que necesitan saber para prevenir darios.